Ante las especulaciones originadas sobre las exigencias legales para transitar en el territorio nacional, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), publicó un comunicado para indicar cuál es la documentación exigida al momento de circular por las vías terrestres del país.
Los documentos que están a continuación son los únicos que exigen las autoridades competentes en materia de transporte terrestre:
1.- Cédula de identidad.
2.- Licencia para conducir del grado correspondiente al vehículo (vigente).
3.- Certificado médico para conducir (vigente).
4.- Responsabilidad civil (vigente).
5.- Carnet de circulación, sin ningún otro tipo de autorización adicional.
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Ningún funcionario puede solicitar la verificación de saberes o prueba teórico-práctica a los conductores que solo deben llevar los cinco documentos establecidos en la Ley.
Agencias
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