La Corte Constitucional de Colombia ha despenalizado el suicidio medicamente asistido, donde el paciente ejecuta la acción para terminar con su vida, a diferencia de la eutanasia.
Con seis votos a favor y tres en contra, el tribunal legalizó el procedimiento después de una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB).
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Una demanda que fue admitida por la Corte Constitucional el 1 de septiembre de 2021, esta buscaba declarar la exequibilidad condicionada del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal.
El artículo 107 establece penas de 32 y 108 meses de prisión a quien introduzca a otro al suicidio o colabore para su realización.
«Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de 16 a 36 meses», según el artículo demandado.
Fuente: Agencias
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